En Seprogin, como empresa de seguridad contra incendios, tenemos como exigencia de obligado cumplimiento “El Código técnico de edificación”
En él se especifica que los equipos y sistemas que empleados en la protección contra incendios han de caracterizarse porque su instalación se hace con la expectativa de que no han de ser necesariamente utilizados y, por otra parte, los ensayos efectuados para contrastar su eficacia difícilmente pueden realizarse en las mismas condiciones en que van a ser utilizados.
Por ello, si las características de estos aparatos, equipos y sistemas, así como su instalación y mantenimiento, no satisfacen los requisitos necesarios para que sean eficaces durante su empleo, además de no ser útiles para el fin para el que han sido destinados, crean una situación de falta de seguridad, peligrosa para personas y bienes.
La Norma Básica de la Edificación, establece que el diseño, la ejecución y el mantenimiento de las instalaciones de detección, alarma y extinción de incendios, así como sus materiales, sus componentes y sus equipos cumplirán lo establecido en su reglamentación específica.
Se hace necesario, en consecuencia, establecer las condiciones que deben reunir las citadas instalaciones para lograr que su empleo, en caso de incendio, sea eficaz.
Por esta razón Industria estableció las disposiciones que deben contener los reglamentos de seguridad.
Este Reglamento se estructura en dos partes: la primera comprende el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios y la segunda las disposiciones técnicas; en un primer apéndice se establece las prescripciones que deben cumplir los aparatos, equipos y sistemas de protección contra incendios, incluyendo características e instalación, y en un segundo el mantenimiento mínimo de los mismos.
En cuanto a las empresas instaladoras y de mantenimiento, como es nuestro caso, la ley dice que “La instalación de aparatos, equipos, sistemas y sus componentes, a que se refiere este Reglamento, con excepción de los extintores portátiles, se realizará por instaladores debidamente autorizados.”
Si usted como cliente quiere conocer quienes son instaladores autorizados legalmente de su provincia, puede dirigirse a su Comunidad Autónoma a los servicios en materia de Industria, donde existe un libro Registro con los instaladores autorizados.
La validez de las inscripciones será de tres años prorrogables, a partir de la primera inscripción, a petición del interesado, por períodos iguales de tiempo, siempre que la empresa autorizada acredite que sigue cumpliendo los requisitos exigidos.
Los controles de la administración son muy importantes a las empresas de seguridad, tal es así que si durante el período de validez de la autorización se dejara de cumplir algún requisito, podrá ser revocada o suspendida la autorización conseguida en función de la gravedad del incumplimiento.
Y esta misma exigencia se aplica a los servicios de mantenimiento de las instalaciones, también existe un registro oficial de empresas acreditadas por cada Comunidad Autónoma y que han de cumplir con importantes obligaciones en el desempeño de su actividad:
- Revisar, mantener y comprobar los aparatos, equipos o instalaciones de acuerdo con los plazos reglamentarios, utilizando recambios y piezas originales.
- Facilitar personal competente y suficiente cuando sea requerido para corregir las deficiencias o averías que se produzcan en los aparatos, equipos o sistemas cuyo mantenimiento tiene encomendado.
- Informar por escrito al titular de los aparatos, equipos o sistemas que no ofrezcan garantía de correcto funcionamiento, presenten deficiencias que no puedan ser corregidas durante el mantenimiento o no cumplan las disposiciones vigentes que les sean aplicables. Dicho informe será razonado técnicamente.
- Conservar la documentación justificativa de las operaciones de mantenimiento que realicen, sus fechas de ejecución, resultados e incidencias, elementos sustituidos y cuanto se considere digno de mención para conocer el estado de operatividad del aparato, equipo o sistema cuya conservación se realice. Una copia de dicha documentación se entregará al titular de los aparatos, equipos o sistemas.
- Comunicar al titular de los aparatos, equipos o sistemas, las fechas en que corresponde efectuar las operaciones de mantenimiento periódicas.
Sólo cumpliendo con esta exigente normativa en materia de seguridad podemos ofrecerle las máximas garantías en la protección contra incendio.
En Seprogin además del cumplimiento con la normativa legal, ofrecemos formación en protección contra incendio. Disponemos de un grupo multidisciplinar de profesionales capacitados como Técnicos Superiores en Prevención de Riesgos Laborales con una amplia experiencia en materia de prevención y extinción de incendios.
La Formación en extinción de incendios de equipos de primera intervención desarrollada por nuestro grupo le permitirá formar a los trabajadores en extinción de incendios, aportándoles un conocimiento exacto de los riesgos de su puesto de trabajo y las medidas de prevención y protección adoptadas para ese tipo de riesgos.